¿Se puede firmar el contrato de arriendo con firma electrónica?

Cada vez más procesos tradicionales están migrando a formatos electrónicos. Una de las preguntas recurrentes en este contexto es si los contratos de arriendo pueden ser firmados electrónicamente en Chile. La respuesta corta es sí, pero es importante entender los detalles y la legislación aplicable para garantizar la validez legal del contrato.

La Ley de Arriendo Vigente

En Chile, la legislación que regula los contratos de arriendo es la Ley N° 18.101, que establece las normas sobre arrendamiento de predios urbanos. Esta ley no especifica explícitamente la obligatoriedad de firmas manuscritas para los contratos de arriendo, lo que deja espacio para interpretaciones modernas y tecnológicas como la firma electrónica.

Puedes consultar el texto completo de la Ley de Arriendo vigente aquí.

La Firma Electrónica en Chile

La Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, regula el uso de la firma electrónica en Chile. Esta ley distingue entre la firma electrónica simple y la firma electrónica avanzada:

  1. Firma Electrónica Simple (FES): Es aquella que permite identificar a una persona a través de medios electrónicos, pero no cuenta con los mismos niveles de seguridad que la firma avanzada. Esta firma puede ser utilizada en contratos de arriendo, aunque su validez podría ser cuestionada en caso de disputas legales.
  2. Firma Electrónica Avanzada (FEA): Es aquella que es creada utilizando medios que el firmante puede mantener bajo su control exclusivo y que está vinculada a los datos a los que se refiere de manera que cualquier cambio en estos es detectable. La FEA tiene la misma validez que una firma manuscrita y su uso en contratos de arriendo es plenamente aceptado y recomendado para asegurar su validez legal.

Importante sobre el Arriendo

La Ley de Arriendo en Chile establece varios requisitos y obligaciones tanto para arrendadores como para arrendatarios. Algunos aspectos relevantes incluyen:

  1. Exhibición de Títulos de Dominio (Art. 3): El arrendador debe exhibir los títulos de dominio que acrediten su propiedad sobre el inmueble arrendado. Este requisito es fundamental para dar certeza al arrendatario sobre la legitimidad del contrato de arriendo.
  2. Duración del Contrato (Art. 5): La ley permite que las partes acuerden libremente la duración del contrato de arriendo, pudiendo ser indefinido o por un plazo determinado. En caso de no haberse estipulado una duración, se entenderá que el contrato es por un año.
  3. Renta y Reajustes (Art. 10): El contrato debe especificar la renta acordada y los posibles reajustes de la misma, los cuales no pueden efectuarse en períodos menores a seis meses.
  4. Mantenimiento y Reparaciones (Art. 7 y 8): Se deben detallar las obligaciones de mantenimiento y reparación del inmueble, diferenciando entre las reparaciones menores, que corresponden al arrendatario, y las reparaciones mayores, que son responsabilidad del arrendador.
  5. Resolución del Contrato (Art. 12 y 13): Las causales de término del contrato deben estar claramente estipuladas, incluyendo incumplimientos de pago de renta o uso indebido del inmueble.

Ventajas de Usar Firma Electrónica

  1. Rapidez y Eficiencia: La firma electrónica permite completar y firmar contratos de arriendo de manera rápida, sin la necesidad de desplazamientos físicos ni la espera de encuentros presenciales.
  2. Seguridad: Las firmas electrónicas avanzadas están protegidas contra falsificaciones y alteraciones, proporcionando un alto nivel de seguridad y confianza para ambas partes.
  3. Accesibilidad: Facilita el proceso para arrendadores y arrendatarios que se encuentren en diferentes ubicaciones geográficas, haciendo posible la firma de contratos sin importar la distancia.
  4. Ahorro de Costos: Al eliminar la necesidad de impresiones y envíos físicos, se reducen costos operativos y logísticos.

Consideraciones Finales

Si bien la firma electrónica es legal y válida para contratos de arriendo en Chile, es recomendable utilizar una Firma Electrónica Avanzada para garantizar su aceptación plena en cualquier situación legal. Además, es esencial asegurarse de que todos los aspectos del contrato cumplan con la Ley de Arriendo vigente y que ambas partes estén de acuerdo con los términos establecidos.

En conclusión, la firma electrónica es una herramienta poderosa que facilita el proceso de arrendamiento en el contexto digital actual. Aprovechar sus ventajas puede resultar en un proceso más eficiente, seguro y conveniente para todas las partes involucradas.

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