Ante la copropiedad de gastos comunes en Chile, hoy existe riesgo penal

Por: Gonzalo Jiménez Cocq, CEO Auditamos.cl, Consultor Internacional AuditorInmobiliario.cl, Speaker en Copropiedad ExpoComunidades2024.cl

La actual Ley de Copropiedad posee una visión de mayor democracia, ya que amplía los derechos a los residentes y ocupantes, llegando a desarrollar un mecanismo de poder notarial simple, para que los dos nuevos perfiles participen ante un comité de administración, donde se amplifique el escenario de bajar la calidad de gestión de un edificio. 

Por otro lado, las asambleas ordinarias o votaciones de proyectos, se basan erróneamente en el descuido de la calidad de mantenciones de maquinarias, o cambios incorrectos de distribución MT3 a través de bolsas de gas, provocando errores graves en los gastos comunes. 

En el caso de las inmobiliarias, actualmente no se aplican auditorías ante la entrega del comité inmobiliaria en la primera asamblea. En cambio ahora, la publicación de actualización de reglamento de copropiedad tipo, incrementa la apropiación indebida de bienes y uso incorrecto de fondos de reservas, maximizando los riesgos penales ante el comité y administración.

Los comités poseen un máximo desconocimiento ante la gestión financiera contable, omitiendo la aprobación formal de la rendición mensual de cuentas y aplican acciones ante las administraciones que les afectan. Esto provoca una estampida de denuncias ante la secretaria ejecutiva de condominios, nueva institución ante el Minvu que controla acciones correctoras, por incumplimientos de procesos financieros contables. 

Por otro lado, es importante indicar que la ley establece dos años ante denuncias, y a su vez, da un plazo de 30 días corridos al presente organismo controlador, para dar curso o no, de la denuncia que en caso de aceptarse, se puede manifestar en dos tipos de multas: una civil y una penal. 

En el caso de ser penal, por supuestas pérdidas financieras, no existiendo un monto monetario mínimo identificado en la ley, el comité y la administración se exponen en un plazo de 5 años futuros, a una demanda penal.

Las auditorías son la única acción, que separa la responsabilidad penal y no una póliza de seguros de responsabilidad civil, ya que no se aplica el escenario de la omisión y desconocimiento.

Así, es importante que la ley establezca un curso obligatorio de certificación para comités, y por otro lado, que agregue una auditoría anual obligatoria ante las rendiciones en asambleas anuales, tal como se aplica en Colombia y en las futuras denuncias a la secretaria ejecutiva de condominios, donde serán fundamentadas con auditorías para minimizar las denuncias erróneas. 

En el corto plazo bajará la oferta de administraciones, puesto que hoy hay más obligaciones y acciones administrativas, con más riesgos penales, enlazado a la nueva ley de delitos económicos y al mismo valor de servicio de administración. Todo lo anterior lo abordaremos en los seminarios ExpoComunidades2024.cl

Fuente: eldiarioinmobiliario.cl

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